Gas natural
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La liberalización del mercado del gas

Durante las últimas dos décadas los mercados de gas natural se han caracterizado por la liberalización, tanto en países desarrollados como en países en desarrollo. Este proceso se denomina a menudo desregulación, aunque esto no signifique una ausencia de reglas en el mercado.

Tradicionalmente, los gobiernos han considerado al sector de la energía como un sector estratégico y demasiado importante como para dejarlo a las fuerzas del mercado. El mercado del gas natural era considerado como un monopolio natural y generalmente las empresas de Estado controlaban esta industria. Como consecuencia de las crisis energéticas de los años setenta, el sector pasó por reformas estructurales que tenían como objetivo la apertura del mercado a la competencia para reducir los costos y mejorar los rendimientos económicos y la eficiencia. Estas políticas de liberalización se desarrollan de diferentes formas y a distintas velocidades según los países. Pueden incluir la privatización, la introducción de competencia basada en el acceso de terceras partes a la infraestructura de oferta de gas, el desmantelamiento del monopolio de Estado o reformas legislativas. El objetivo es la reducción de la intervención directa de los gobiernos sobre los mercados y el suministro de gas natural a bajos precios, transparentes y competitivos. (El impacto de este proceso de liberalización a nivel de la estructura del mercado de gas a natural ha sido presentado en la sección sobre Cadena del Producto)

El proceso de liberalización empezó, hace algunos años en países como Estados Unidos, Canadá, el Reino Unido o Australia. Este movimiento hacia la liberalización del mercado se está produciendo todavía en la Unión Europea y en otros países.

En Estados Unidos la industria del gas natural pasó por una fase de profunda mutación con el establecimiento del "Natural Gas Policy Act" en 1978. La industria pasó de un mercado casi totalmente regulado a un mercado liberalizado. Fue también de gran importancia en este proceso la Orden 636 de 1992 de la "Federal Energy Regulatory Commission", donde se exigía que los empresas de gasoductos separasen sus servicios de transporte, de venta y de almacenamiento. Las empresas que explotan los gasoductos se vieron obligadas a reducir su campo de actividad, pasando de ser vendedoras a transportadoras de gas. Además los productores, las filiales de empresas de gasoductos y los vendedores (marketers) tuvieron la posibilidad de jugar un papel en materia de suministro de gas natural a los usuarios.

En la Unión Europea, los gobiernos están revisando el marco jurídico que se le debe dar al gas natural. En el contexto de la Directiva del Gas Natural 98/30 relativa a la apertura de mercados, han sido establecidas reglas comunes para la transmisión, la distribución, el suministro y el almacenamiento del gas natural. En el transcurso de la siguiente década, la industria debería progresivamente abrirse a la competencia y alcanzar en el 2008 al menos el 33% del consumo total de gas. La primera etapa debía aplicarse el 10 de agosto 2000, implicando la apertura de al menos 20% del mercado a la competencia. Los niveles de liberalización en Europa difieren de un país al otro. Por ejemplo, el Reino Unido es el país con mayor grado de liberalización y Francia con el menor (junio 2001)

* Para un estudio detallado sobre la liberalización del mercado del gas ver documento "Promoting competition in the natural gas industry", OECD (DAFFE/CLP(2000)18), 2000:
http://www.oecd.org/dataoecd/34/23/1920080.pdf
Información sobre la reglamentación del mercado de gas natural en los Estados Unidos, así como el "Natural Gas Policy Act" de 1978 pueden obtenerse de la "Federal Energy Regulatory Commission" : http://www.ferc.gov.
La información acerca del proceso de liberalización y del mercado único del gas natural en la UE, así como el texto completo de la directiva 98/30 pueden obtenerse ante la Dirección General de Energía y de Transporte: http://europa.eu.int/comm/energy/en/gas_single_market/index_en.html

La política energética

Los principales objetivos de la política energética incluyen: ahorro de energía, fiabilidad de los suministros, respeto del medio ambiente, control de calidad y protección de los consumidores. En muchos países, se observa una tendencia a incitar a la población al consumo de gas natural. Como consecuencia de las preocupaciones sobre el medio ambiente y la seguridad, as legislaciones alientan este tipo de consumo valiéndose del hecho que el gas natural, si se le compara con otros combustibles fósiles, es un combustible limpio. El gas natural juega igualmente un papel importante en materia de diversificación de las fuentes de energía.

Un marco institucional sobre el gas natural es también necesario con el fin de promover la inversión y el desarrollo de las fuentes de suministros de gas natural, así como para facilitar la construcción de infraestructuras locales, el desarrollo de redes transfronterizas y de mercados de productos y servicios de gas natural.

Las políticas medioambientales

El protocolo de Kioto y el Cambio Climático

Los cambios climáticos son un problema muy importante y extensamente debatido a través del mundo. Los estudios sugieren que la actividad humana, incluyendo la emisión de gases de efecto invernadero, está afectando al clima mundial. El Protocolo de Kioto puede ser considerado como uno de los instrumentos para la prevención del recalentamiento del planeta.

El Protocolo de Kioto (1997) estipula que las partes se comprometen a limitar e incluso a disminuir sus emisiones de gas de efecto invernadero, con el fin de alcanzar de aquí al 2008-2012, una reducción total de al menos 5% de las emisiones contaminantes en relación con las emitidas en 1990. Los objetivos varían entre una reducción de las emisiones del 8% para la UE y algunos otros países, y un incremento de las emisiones del 10% para Islandia (En virtud del protocolo, la Unión Europea está autorizada a repartir sus objetivos entre sus miembros. El acuerdo ha sido ya aceptado en un esquema conocido como "burbuja" de gas). Estos objetivos cubren las emisiones de los seis principales gases de efecto invernadero: dioxico de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O), hidrofluorcarbonos (HFCs), perfluorcarbonos (PFCs) y hexafloruro de azufre (SF6).

El proceso de ratificación del Protocolo de Kioto está en curso. En la conferencia de las partes, sexta sesión, parte 2, (COP6: http://www.unfccc.int/cop6_2/index.html), que se desarrolló en Bonn en julio del 2001, los 180 Estados miembros (excluyendo Estados Unidos ) de la Convención-marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático llegaron a un acuerdo sobre el protocolo de Kioto. Según los términos de este acuerdo, el protocolo entraría en vigor y se convertiría en obligatorio después de haber sido ratificado por al menos 55 partes de la Convención, representando un mínimo de 55% del total de las emisiones de dioxido de carbono arrojadas a la atmósfera durante el año de referencia 1990.

Una de las maneras de reducir las emisiones de gas con efecto de invernadero sería de alentar la utilización de energías más limpias. En este contexto, el gas natural, considerado como combustible limpio, podría jugar un papel importante en la estrategia integrada de reducción de gas de efecto invernadero. Además, el gas natural el gas natural proporciona un uso eficiente de la energía y oportunidades de ahorro de energía.

* Para mayor información sobre los cambios climáticos puede consultar el panel intergubernamental sobre los cambios climáticos : http://www.ipcc.ch. El protocolo de Kioto puede ser obtenido de la Convención de Naciones Unidas sobre los Cambio Climáticos" : http://unfccc.int/2860.php. Sobre el tema "gas natural y medio ambiente ", ver la Unión Internacional del Gas y el medio ambiente: http://www.igu.org
Eurogas : http://www.eurogas.org/natgas/envir.htm

Los mercados de los derechos de emisión de gas de efecto invernadero

Algunos gobiernos europeos han elaborado recientemente leyes para la industrias que emiten gas con efecto invernadero. Efectivamente, los acuerdos internacionales indican cantidades máximas de emisión por país o por región. El Reino Unido por ejemplo, se han lanzado al mercado derechos de emisión de gas (cada derecho autoriza a emitir una cantidad de gas). Todas las empresas que emiten este tipo de gas están obligadas a comprar al gobierno el numero de derechos necesarios a la cobertura de sus emisiones de gas. Además, esos derechos pueden ser revendidos. En este contexto, en septiembre 2001, la empresa Dupont UK revendió sus derechos a una empresa japonesa que tiene operaciones petroleras en el mar del Norte, realizando así la primera transacción transnacional con este tipo de contratos. El interés para Dupont consiste en recuperar una parte del dinero pagado al Gobierno Británico (Dupont ya casi no emite gas con efecto de invernadero) y de reinvertir estas sumas en la investigación para reducir sus emisiones de otros tipos de gases.

La Carta de la Energía
(http://www.encharter.org/index.jsp)

El Tratado de la Carta de la Energía así como el Protocolo de la Carta de la Energía sobre la eficiencia de la energía y los aspectos medioambientales asociados fueron firmados en 1994 y entraron en vigor en abril de 1998. El Tratado fue desarrollado sobre la base de la Carta Europea de la Energía de 1991 y ha sido firmado hasta ahora por 51 Estados. Mientras esta última fue elaborada como una declaración de intención política para el fomento de la cooperación energética entre el este y el oeste, la Carta de la Energía representa un instrumento multilateral obligatorio, el único que trata específicamente de la cooperación intergubernamental en el sector de la energía.

El objetivo fundamental de este tratado es el refuerzo de la legislación respectiva a la energía, creando una serie de reglas del juego aplicables al conjunto de los gobiernos participantes. El tratado se centra en cinco grandes áreas: la protección y la promoción de las inversiones energéticas extranjeras, basada en la extensión del tratamiento nacional o del tratamiento de la nación la más favorecida (según sea el más favorable), el libre comercio de materiales y productos y equipos energéticos, basado en las reglas de la OMC, la libertad de transferencia de energía por gasoductos y redes, mecanismos para la resolución de litigios entre Estados o entre los inversores y el Estado y la eficiencia energética y los aspectos en relación con el medio ambiente.

Los servicios de energía y la Organización Mundial de Comercio

En el 2001, los servicios en relación con la energía no estaban clasificados en ningún sector específico, ni en las listas de la ONU (UN CPC) ni en las de la OMC. En el marco de las negociaciones multilaterales relativas a los servicios que se están llevando a cabo, algunos países (Estados Unidos, Unión Europea, Canadá, Venezuela, Chile y Noruega) que desearían una mayor liberalización del sector de los servicios energéticos, han presentado sus propuestas ante la OMC.

* Una discusión sobre este tema es presentado en una nota del Secretariado de la UNCTAD bajo la referencia: TD/B/COM.1/EM.16/2 : Los servicios energéticos y comercio internacional: consecuencias para el desarrollo. (junio 2001)http://www.unctad.org/fr/docs/c1em16d2.fr.pdf : Ver igualmente los acuerdos comerciales sobre el tema del petróleo y las políticas energéticas. (UNCTAD/ITCD/TSB/9), 2000 que pueden ser obtenidos ante el servicio de publicaciones de la UNCTAD: http://www.unctad.org/fr/docs/poitcdtsbd9_execsum.fr.pdf

 

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